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Ayudas a la rehabilitación País Vasco – III

Posted on Nov 4, 2014 in NORMATIVAS Y CTE |

Eulàlia Figuerola

ARQUITECTO

Cap de projectes a ENZIM

Ayudas a la rehabiliación para Comunidades de Vecinos y particulares.

Tercero de los tres posts en nuestro blog con toda la información que se requiere para solicitar los distintos tipos de ayudas que ofrece el País Vasco en materia de rehabilitación de la vivienda:

http://www.etxebide.euskadi.net/x39-contpest/es/contenidos/informacion/programas_ayudas_capv_2/es_def/index.shtml

Hay dos tipos de Ayudas:

1.- Ayudas para rehabilitación aislada

2.- Ayudas para Rehabilitación integrada

OBJETIVO DE ESTAS AYUDAS

– Adecuación urbanística de las unidades edificatorias (declaradas por el planeamiento urbanístico como construcción a demoler total o parcialmente).

– Adecuación estructural (estabilidad, resistencia, firmeza y solidez) y/o constructiva (accesos, aislamiento térmico, redes generales de agua, etc.) de los edificios.

– Adecuación de las condiciones de habitabilidad de las viviendas (condiciones mínimas de superficie útil, distribución interior, ventilación, etc.).

– Adecuación del acabado general de los elementos comunes y/o privativos de los edificios, viviendas y locales.

– Adecuación de las viviendas y locales y sus accesos para personas con minusvalías.

– La financiación cualificada se destinará preferentemente a las actuaciones de rehabilitación en edificios cuyo destino principal sea el de vivienda.

– Pago de honorarios ITEs.

– Intervenciones en la envolvente térmica de la edificación TIPO 1 Y 2

QUIEN LO PUEDE PEDIR?

– Comunidades de propietarios

– Personas físicas o jurídicas.

No podrán concurrir a la presente convocatoria de ayudas las personas físicas o jurídicas sancionadas penal o administrativamente

CONDICIONES Y REQUISIOS NECESARIOS

– Para tener derecho al préstamo: los solicitantes deberán tener ingresos familiares ponderados < 33.000 €

– Para tener derecho a la subvención: los solicitantes deberán tener ingresos familiares ponderados < 21.000 €

– Uso principal sea vivienda. Y sea el domicilio habitual y permanente.

– La obras deberán iniciarse con posterioridad a la notificación de la resolución en la que se concede la ayuda.( por razones de urgencia habrá excepciones)

– El edificio a rehabilitar debe tener una antigüedad mínima de 10 años.

TIPOS 1 Y 2

Son obras o instalaciones relacionadas con la resistencia, solidez, firmeza y estabilidad del edificio y obras de adecuación estructural y constructiva para la mejora de la eficiencia energética.

En estos tipos se incluirán al menos las obras relacionadas con:

Obras de Comunidad:

– Rehabilitación de fachadas.

– Sustitución de carpinterías exteriores.

– Cubiertas con todos sus elementos.

– Reforma e instalación de ascensores que se adapte a las posibilidades del edificio y que no cree un itinerario practicable global desde la vía pública.

– Instalación de fontanería.

– Instalación de incendios, alarmas, centralitas, redes.

– Instalaciones de electricidad (adaptación a la normativa vigente).

– Redes de saneamiento.

– Aislamiento térmico y acústico con el fin de adaptar el elemento rehabilitado a los parámetros que exige la normativa vigente.

– Nuevas instalaciones de calefacción o reformas que supongan una mejora de la eficiencia energética.

Obras particulares:

– Nuevas instalaciones de calefacción o reformas que supongan una mejora de la eficiencia energética.

– Instalaciones de electricidad (adaptación a la normativa vigente).

– Conversión de locales en viviendas.

– Aislamiento térmico y acústico con el fin de adaptar el elemento rehabilitado a los parámetros que exige la normativa vigente.

CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES para TIPO 1 Y 2. SUBVENCIONES A FONDO PERDIDO . ingresos < 21.000 €

INGRESOS PONDERADOSNº MIEMBROS UNIDAD FAMILIARTIPOS DE OBRA 1 Y 2
HASTA 9.000€3 O MENOS35%
440%
5 O MÁS, FAMILIA NUMEROSA45%
DESDE 9001 € HASTA 15.000€3 O MENOS30%
435%
5 O MÁS, FAMILIA NUMEROSA40%
DESDE 15.000 € HASTA 21.000€3 O MENOS25%
430%
5 O MÁS, FAMILIA NUMEROSA35%
CUANTÍA MÁXIMA DE SUBVENCIÓN5.500 €

*NO SE ABONARÁN SUBVENCIONES A FONDO PERDIDO < 60€

CUANTÍA DE LOS PRÉSTAMOS para TIPO 1 Y 2. Ingresos < 33.000€

-Rehabilitación de elementos comunes: 10% del presupuesto protegible, con un tope máximo de 3.000 €

-Si se ha incurrido en costes para honorarios de redacción del informe técnico , la subvención es del 100% con un tope máximo de 1.000€.

El plazo de amortización del préstamo podrá establecerse entre 5 y 15 años, con un periodo de carencia de máximo 3 años.

PAGO

Se realizará a través de alguna de las Entidades Financieras que hayan suscrito convenio financiero con la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco

Se deberá presentar la siguiente documentación: Certificaciones parciales o totales de la obra

COMO SE PRESENTA?

Se presenta la solicitud en :

SERVICIO DE ATENCIÓN CIUDADANA ZUZENEAN

Álava/ Araba: Ramiro de Maetzu 10, Vitoria-Gasteiz

Bizkaia: Gran via 85, Bilbao

Gipuzcoa: Andia 13, Donostia-San Sebastián

DOCUMENTACION A PRESENTAR

EN EL CASO DE PERSONAS FÍSICAS

EN EL CASO DE COMUNIDADES DE PROPIETARIOS:

IMPRESOS NECESARIOS

http://www.etxebide.euskadi.net/x39-contgen/es/contenidos/informacion/ayud_rehab_renove/es_etxecont/ayud_part_comuni.html