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La energía renovable

Posted on Feb 28, 2017 in ARTÍCULOS FIRMADOS |

Paula Serrano Yuste

Arquitecto

LEED AP BD+C (LEED Accredited Professional with a Building Design + Construction specialty)

En 2021 la energía renovable generada in situ será requisito imprescindible en todos los edificios nuevos

 

 

El 31 de Diciembre será la fecha marcada en el calendario, porque a partir de ese momento todos los edificios nuevos serán de consumo nulo de energía ¿Cómo? Pues en primer lugar reduciendo al máximo la demanda energética del mismo como ya se comentó en un post anterior. A partir de aquí, la poca energía consumida tendrá que proceder de fuentes de energía renovable generada in situ, y será el balance entre energía consumida y energía generada lo que determinará si realmente un edificio es de consumo casi nulo de energía. Para ello se calculará un indicador numérico resultado de dicho balance, que se expresará en kWh/m²año y nos informará de la energía primaria neta consumida, renovable y no renovable.

En otras palabras, si a partir del 1 de Enero 2021 cualquiera de nosotros nos compramos una vivienda unifamiliar en zona mediterránea, para que ésta sea un EECN tendrá que tener un consumo de energía primaria neta máximo de 15 kWh/m²año para esa zona. Si la energía primaria consumida por esa vivienda es de 65 kWh/m²año, entonces deberá generar in situ como mínimo 50 kWh/m²año mediante el aprovechamiento de  fuentes de energía renovable*.

Energías renovables integradas en la envolvente del edificio

 En un edificio EECN las instalaciones de energía renovable quedarán integradas en la envolvente del edificio o bien en el entorno inmediato del mismo. Entre las soluciones posibles para la generación de energía renovable en los edificios se encuentran:

  • El aprovechamiento de la radiación solar por un lado para la producción de energía térmica mediante colectores solares para dar servicio de calefacción y/o agua caliente sanitaria; y también para la producción de electricidad mediante la instalación de paneles fotovoltaicos, de manera aislada o bien conectada a la red.
  • El aprovechamiento del calor del sol almacenado en la tierra como fuente continua de energía renovable para cubrir la demanda de calefacción, ACS e incluso refrigeración a través de instalaciones de geotermia.
  • La energía mini-eólica puede ser una opción interesante en aquellos edificios que tengan el potencial de aprovechamiento del recurso del viento. Combinada con otro tipo de instalación como la fotovoltaica o bien de manera individual puede generar energía eléctrica en el punto de consumo en aquellos lugares alejados de la red eléctrica.
  • La aerotermia como fuente de producción de energía térmica mediante el aprovechamiento del calor contenido en el ambiente, es un tipo de instalación cada vez menos desconocida por técnicos y por consumidores. Puede ser una alternativa renovable a la instalación de colectores solares en aquellos edificios donde no sea viable ni técnica ni económicamente la instalación de paneles solares para el cumplimiento de la sección HE4 del CTE, como sucede a menudo en reformas integrales de edificios existentes condicionados por su entorno o bien su orientación y forma. Para ello se debe justificar que la cantidad de emisiones de CO2 y el consumo de energía primaria no renovable tienen un valor inferior a los valores obtenidos con la instalación de referencia (caldera de gas y colectores solares), para que efectivamente sea considerada como fuente de energía renovable.
  • La biomasa es un biocombustible de balance ‘neutro’ de CO2 desde el punto de vista del ciclo del carbono. Utilizada a pequeña escala para la obtención de energía térmica sirve para dar servicio de calefacción y ACS, e incluso de refrigeración. Para el éxito y buen aprovechamiento de este tipo de recurso renovable es importante por un lado confirmar la presencia de un proveedor cercano al punto de consumo, y por otro elegir un tipo de biomasa que no haya sido transformada en un proceso industrial, ya que la energía embebida total y por tanto el CO2 generado hasta su punto de consumo será menor.

Fuentes: Directiva 2010/31/UE y *Recomendación (UE) 2016/1318 de la Comisión de Julio de 2016

Autora: Paula Serrano Yuste, Arquitecta N 10145 COACV, Postgrado calificación y certificación energética de edificios: estándares europeos y certificación LEED, LEED AP BD+C.